Boleta Electrónica y Certificado Digital

La Ley de Renta establece que todos los contribuyentes que clasifiquen tributariamente en Primera Categoría, es decir, cuyos ingresos provengan de un capital, ya sea empresas comerciales, servicios, industriales, mineras o cualquier otra figura que contemple la ley, deben emitir Boletas de Ventas y Servicios.

Este tipo de tributo se basa en la renta y no en el tipo de persona (natural o jurídica), para determinar su aplicación. Es decir, si tus ingresos se generan con base en un capital establecido estarás dentro de esta clasificación.

Las boletas cumplen la función de ser un registro de la transacción comercial, especificando información relevante; nombre o razón social, rut, domicilio y giro o actividad de la empresa, cantidades consignadas que incluyan el Impuesto al Valor Agregado y fecha. Además, estos documentos pueden incluir información adicional, aunque no es necesario ni obligatorio, como detalles de los bienes que se venden o servicios que se prestan.

Tradicionalmente, las boletas se entregaban en papel y los talonarios debían ser timbrados de forma presencial en oficinas del Servicios de Impuestos Internos, pero la Ley de Modernización Tributaria vino a cambiar esto con la introducción de la Boleta Electrónica. En vez de ser timbrada de forma presencial, ahora cada boleta es firmada de forma electrónica gracias a un Certificado Digital, es decir, una firma electrónica única para cada Contribuyente.

Existen empresas especializadas que se dedican exclusivamente a entregar certificados digitales para su uso en plataformas de facturación y emisión de boletas, y su valor parte desde los CLP $12.000 + IVA anual, aproximadamente.

Pese a que existe una plataforma gratuita dispuesta por el SII para llevar a cabo la emisión de boletas electrónicas y cumplir así con las disposiciones legales que entran en vigencia el 01 de enero de 2021, cada día son más las Pymes que optan por un servicio particular de emisión de documentos electrónicos debido a sus ventajas comparativas, tales como soporte técnico, estabilidad y seguridad.

Las empresas que ofrecen esta clase de servicios integran el certificado digital de sus clientes en el software de ventas, de forma que cada documento es firmado electrónicamente al ser emitido. Aunque el plazo de entrega de certificados digitales una vez contratado el servicio no supera las 48hrs, en procesos de migración masiva de contribuyentes como el que hoy experimenta el SII, puede extenderse debido a la alta demanda.

Posteriormente, la validación del servicio para comenzar a emitir boletas electrónicas también depende del SII y la cantidad de demanda que presente su plataforma web. Es por ello que la recomendación es adelantar el proceso de migración para evitar el periodo crítico y no arriesgar lagunas comerciales sin capacidad de emisión de documentos.